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- Los hijos legítimos, los extramatrimoniales, los adoptivos y los hijastros menores de 18 años.
Después de los 12 años deben certificar escolaridad en una institición aprobada.
- Los hermanos huérfanos de padres que convivan con el trabajador y dependan económicamente del mismo
- Los padres del trabajador, mayores de 60 años que no reciban ni renta, ni pensión alguna y dependan económicamente del trabajador.
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